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Año nuevo, nuevas obligaciones tributarias

El Reglamento General de Inspección y Gestión de la AEAT, aprobado a principios de septiembre, trae bajo el brazo numerosas novedades para el nuevo ejercicio fiscal. Si no quieres encontrarte con sorpresas desagradables en la declaración de 2009, toma nota de las siguientes indicaciones.

 

El R.D. 1065/2007 fija un nuevo modelo 347 para la declaración informativa de operaciones con terceras personas, donde se deberán reflejar los importes recibidos en efectivo superiores a 6.000 euros.

 

Además, aquellos que tengan que presentar autoliquidaciones del IVA o sociedades por vía telemática (lo que afecta a todas las sociedades limitadas y anónimas) deberán adjuntar una copia de los libros de registro de facturas emitidas y recibidas junto a esas declaraciones.

 

En cuanto al periodo de inspección de los expedientes tributarios que ha fijado la Administración, el plazo se amplía hasta los 24 meses.
 

 

A la luz de estas novedades, muchas empresas deberán empezar a replantearse la manera en la que gestionan sus cuentas. De manera general, las PYMES no suelen separar la tesorería personal de las cuentas de la empresa.

 

Cuando se necesita hacer un pago el dinero se coge de donde se pueda, sin importar si el origen es el propio bolsillo del empresario o la caja registradora del negocio. Y esto, a la larga, puede complicarnos mucho las cuentas.
 

 

Si unimos la medida de este Decreto a los nuevos estados de flujos de efectivo, es bastante más que probable que Hacienda comience a mirar con lupa, además del control existente sobre los ingresos y gastos, la tesorería general de cada empresa.

 

La cuestión de aportar los libros de IVA a Hacienda no es algo casual. Esta medida va a obligar a presentar las declaraciones sin realizar alteraciones de fechas en documentos para cambiarlos de trimestre.

 

Lo que está aún por definir es la forma, el procedimiento y el formato informático de los libros para poder realizar dicha presentación ante la Agencia Tributaria. Todo un enigma aún por desvelar.

 

En definitiva, para las pequeñas sociedades la medida puede llegar a complicar considerablemente la labor administrativa durante el próximo año. Aquellas PYMES que no dispongan de un departamento de administración lo suficientemente cualificado serán las más perjudicadas.

Fuente: Pymes y Autónomos

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