Política y Gobierno
- Las últimas devoluciones de la Renta se retrasan
- Los peligros de trabajar en Europa
- Una pesadilla económica amenaza España: la estanflación
- EL GOBIERNO DA PASO A LA CREACIÓN DE SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA A TRAVÉS DE INTERNET
- NORMAPME y la normalización de las PYMEs en la Unión Europea
- DGPYME, una ayuda más para las PYMEs
- El proyecto de Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo
- Las PYMEs españolas emplean cada vez más el Arbitraje
- Industria ratifica un nuevo contrato de reafianzamiento con las Sociedades de Garantía Recíproca para sostener y apoyar financieramente a las PYMES
Las PYMEs españolas emplean cada vez más el Arbitraje
En los últimos años la cifra de empresas que recurren al Arbitraje ha aumentado un 30% según la Asociación Europea de Arbitraje.
Según datos del Consejo Superior de Cámaras de Comercio e Industria el 90 % de las PYMEs han acudido alguna vez a la Justicia y más de la mitad, el 60%, ha quedado insatisfecha con el funcionamiento de esta.
Con estos datos en la mano la Asociación Europea de Arbitraje de Derecho y Equidad (AEADE) considera que el arbitraje se presenta como la mejor opción para las PYMEs y las cifras parecen darles la razón. En el 2004 el 20% de las empresas recurrían al arbitraje, desde entonces ha aumentado el número un 30%.
Según AEADE este aumento en las cifras tienen su origen en dos causas: la Ley de Arbitraje del 2003, que impulsó el sector, y la divulgación y promoción que se ha llevado a cabo desde instituciones y colegios de abogados.
El arbitraje es un sistema alternativo a la Justicia ordinaria que permite la resolución de conflictos entre dos partes a través de la intervención de un Árbitro que dicta una sentencia de cumplimiento obligatorio.
Este método supone un ahorro de tiempo y una reducción de costes, algo importante sobre todo si estamos hablando de PYMEs. El 90% de las causas que llevan a las empresas pequeñas a recurrir a la justicia están relacionadas con reclamaciones económicas, de hecho según el INE el Índice de Impago en España es del 3,2%. Este tipo de conflictos tarda una media de 2,5 años en resolverse por procedimientos ordinarios, pero con el sistema arbitral este periodo se reduce a una media de 3 o 4 meses.
Para utilizar este procedimiento tan solo hay que incluir una cláusula en el contrato cuando la relación comercial es entre dos empresas o autónomos, cuando esté involucrado un particular hay que, además del contrato habitual, firmar un convenio arbitral.
La Ley 36/1988 instauró el Arbitraje en el ordenamiento jurídico español como sistema alternativo para atender y resolver con carácter vinculante y ejecutivo para ambas partes las quejas o reclamaciones. La Ley 60/2003 mejoró y amplió la ley amoldándola a la situación empresarial actual, lo que supuso el impulso necesario para hacer llegar este sistema a las PYMEs.
Fuente: Asociación Europea de Arbitraje y Ministerio de Justicia.
